Responsabilidad Civil para Fundaciones
Seguro de responsabilidad civil para fundaciones, diseñado para una protección total

Toda fundación, deberá asegurar las actividades que promueve o realiza, ya sea directamente a través de empleados y voluntarios o ya sea por actos que promueva directamente.
La fundación responderá siempre ante las actividades de sus administradores y directivos.
No obstante, los patronos pueden tener que responder ellos como personas individuales por sus actos u omisiones dentro de las actividades de la fundación. Ante esta situación, es clave contar con un seguro de responsabilidad civil para fundaciones perfectamente adaptado a la suya y a su realidad.
La responsabilidad de los patronos de la fundación
Si bien la fundación es la responsable de los actos y decisiones tomadas por sus patronos, estos hechos pueden terminar responsabilizando a los patronos y directivos de la misma:
Responsabilidad de la fundación frente a terceros
La fundación puede repetir la exigencia de responsabilidad recibida, hacia los patronos que puedan haber actuado de forma ilegal en perjuicio de terceros y de la propia fundación.
Solicite un asesoramiento personalizado. Nuestros asesores le darán las mejores opciones para proteger su fundación, sus patronos y directivos, sus voluntarios y su capital.
Responsabilidad subsidiaria de patronos
En los casos de Responsabilidad subsidiaria de patronos y administradores sobre deudas tributarias y subvenciones, la ley perseguirá los bienes del deudor principal. Si éste se declarase insolvente, la ley pasará a perseguir a los miembros del órgano de administración como responsables subsidiarios.
Responsabilidad penal de patronos y administradores de fundaciones
Se podría llegar a responsabilizar a los patronos y administradores (incluidos gestores, cargos representativos, directores, etc.) de fundaciones en casos de estafas y apropiaciones indebidas, delitos contra la propiedad intelectual e industrial, el mercado y a los consumidores, por delitos contra organismos recaudadores del Estado, por daños medioambientales, por acciones que vulneren los derechos laborales de los empleados y trabajadores, o por impagos o insolvencias.
¿Cuáles son las garantías de los Responsabilidad Civil para Fundaciones?
Seguro de Responsabilidad Civil para Fundaciones
Se calcula en base a la facturación anual y a la suma que la fundación desee asegurar.
Las garantías son (clica para desplegar):
- RC de Explotación
- Daños a bienes de voluntarios
- RC por accidentes de trabajo
- RC locativa
- RC contaminación
- RC por sanciones de la RGPD
Seguro obligatorio para voluntarios:
El pago será por voluntario y se pagará anualmente (5€, 7€, 10€, anuales):
Los costes por voluntario bajarán a medida que el número de ellos aumenta.
Las garantías son:
- Fallecimiento: 7.500€
- Invalidez permanente Absoluta: 15.000€
- Invalidez parcial: 15.000€
- Asistencia sanitaria (con libre elección de centro sanitario): 1.500€
- Daños a bienes de voluntarios
- RC Por accidentes
Responsabilidad civil para patronos y juntas:
Se establece una prima anual para cada fundación.
Al contratar este seguro incluiremos primas especiales en el seguro de voluntarios.
Ejemplo práctico de una Póliza de Responsabilidad Civil para patronos y juntas:
- Limite máximo: 150.000€
- R.C. de los administradores y directivos de la sociedad. Incluida.
- Reembolso a la sociedad: Incluido.
- Gastos de defensa: Incluidos.
- Administradores retirados: 72 meses
- Inhabilitación profesional, límite por directivo (máx. de 12 meses): 1.000€
- Inhabilitación profesional, límite agregado anual: 50.000,00 €
- Multas administrativas: 150.000,00 €
- Reclamaciones en materia laboral por práctica de empleo indebidas: Incluidas.
- Responsabilidad tributaria subsidiaria: Incluida.
- Responsabilidad civil concursal: Incluida.
- Nuevas sociedades filiales: Incluidas.
- R.C. de los administradores en sociedades externas o participadas: Incluida.
- Fianzas contratada: Incluida.
- Gastos de emergencia: 150.000,00 €
- Gastos de investigación Formal: 150.000,00 €
- Gastos de publicidad, restitución de imagen o relaciones públicas: 150.000,00 €
- Gastos de comunicación o protección de la reputación: 150.000,00 €
- Gastos derivados de un proceso de extradición: Incluidos.
- Gastos de defensa: Incluidos.
- Gastos de comunicación por extradición: 150.000,00 €
- Gastos de crisis por extradición: 50.000,00 €
- Gastos en respuesta a una Autoridad reguladora: 100.000,00 €
- Gastos de gestión de crisis: 100.000,00 €
- Gastos de constitución de aval concursal: 100.000,00 €
- Gastos derivados de asesoramiento legal concursal: 100.000,00 €
- Gastos de constitución de aval en evitación de embargo preventivo: 100.000,00 €
- Gastos de defensa por daños personales/Homicidio empresarial: 100.000,00 €
- Gastos de asistencia psicológica: 50.000,00 €
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